En más de una ocasión he leído y oído expresiones de fastidio por el supuesto excesivo uso de la palabra transparencia en boca de políticos. Resulta curioso que a veces las palabras pueden empezar a desgastarse antes incluso de que sean realidad los hechos que designan. En el pleno maratoniano (ocho horas y media) que ayer celebramos en el Ayuntamiento de Getafe, el Grupo de UPyD presentamos una proposición sobre transparencia, que, tal vez por el desgaste aludido del término o por la falta de conocimiento de lo que implica, estoy segura de que no va a encontrar en los medios el mismo eco que otros asuntos de menor calado pero más llamativos.
Tal como dice la exposición de motivos de la proposición que presentamos, España es uno de los pocos países de la Unión Europea que no garantiza por ley la transparencia y el acceso a la información pública; el único que no la garantiza entre los que tienen más de 1.000.000 de habitantes. El fundamento último dentro de nuestro ordenamiento jurídico es el artículo 20.1-D, párrafo 1º que reconoce el derecho a comunicar y recibir libremente información veraz.
Transparencia es otra forma de llamar al derecho del ciudadano a la información pública, escasamente regulado en nuestras leyes, porque, aparte de lo genéricamente regulado en la Constitución en el artículo citado así como en el 9.3, 24.2, 120.3, 105.6 y 164, no hay ninguna norma que regule con cierto detalle el derecho de acceso de los ciudadanos a todos las decisiones de la Administración Pública. Es, por ello, paradójico el hartazgo del término.
Transparencia es mucho más que el derecho a conocer la tramitación de un expediente por parte de los interesados. Se trata de que la Administración sea proactiva a la hora de hacer efectivo el derecho a la información, no limitándose a facilitar la misma cuando sea requerida, pues el Tribunal Europeo de Derechos Humanos interpreta así el derecho a la información. Es profundizar la democracia porque el conocimiento de los actos del poder es requisito imprescindible para una participación activa y consciente. Norberto Bobbio define la democracia como el régimen del poder visible. De eso se trata, de descorrer la cortina que separa a los políticos de los ciudadanos. Es lo que pretendemos con esta proposición, mejorar la visibilidad del Ayuntamiento.
Según el último Índice de Transparencia de los Ayuntamientos, publicado en 2010, elaborado por la organización Transparencia Internacional, Getafe ocupa el puesto 38 sobre 110, con 82,5 puntos sobre 100. Se trata de mejorar nuestra calificación pues, a falta de esa ley, que se hace esperar, los ayuntamientos deben tomar la iniciativa.
Las medidas que hemos presentado al Pleno guardan mucha relación con la tecnología pues su desarrollo permite que la información facilitada por la Administración pública sea accesible rápida y gratuitamente. Abarcan diversas áreas y se centran en dos aspectos fundamentales, económico-financiero y de contratación. Unas son de rápida implantación pues tienen que ver con publicaciones en la web municipal de información disponible; otras requieren un proceso de puesta en marcha y otras implican implantar unos protocolos de actuación en determinados servicios como son las que se refieren a la contratación administrativa. Éste es un extracto de las medidas concretas que propone la proposición presentada por UPyD, que se ha aprobado con el voto favorable del PP y PSOE y la abstención de IU.
1.- Incrementar el uso de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación para fomentar la transparencia y hacer accesibles y comprensibles a los ciudadanos las decisiones adoptadas en Pleno por la Corporación municipal.
Para ello, se informará a través de la Web municipal, en un lugar destacado y accesible, y en un lenguaje comprensible: del orden del día y de las proposiciones presentadas por los distintos grupos políticos municipales.
2.- Adoptar las medidas necesarias para la implantación y extensión de la administración electrónica y, en este sentido, en aplicación de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, el Ayuntamiento deberá aprobar y hacer públicos los programas y calendarios de trabajo precisos para la adaptación de la Administración a la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico, atendiendo a las respectivas previsiones presupuestarias, con mención particularizada de las fases en las que los diversos derechos serán exigibles por los ciudadanos.
3- Presupuestos públicos.
a) Publicar en Internet (y en particular en la página web municipal) en un lugar visible y de forma inteligible, los presupuestos consolidados del Ayuntamiento de Getafe, incluyendo su elaboración, aprobación, ejecución y liquidación, así como de las fundaciones, organismos, entidades, sociedades o cualquier otro ente público cuyo presupuesto dependa o esté participado por el Ayuntamiento.
b) Publicar el análisis y explicación de las desviaciones entre lo aprobado en el presupuesto y lo ejecutado, de forma inteligible, en Internet, así como de la liquidación final y las auditorías que se hayan realizado, tanto la de la Intervención como la del Tribunal de Cuentas.
c) Publicar una memoria de gestión en la que se detallen los indicadores que permitan evaluar la eficacia y la eficiencia de los recursos empleados.
4.- Subvenciones públicas.
a) Publicar en Internet, de manera fácil e inteligible para los ciudadanos, todas las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Getafe y organismos públicos dependientes de éste a las personas físicas y jurídicas, con las correspondientes cantidades concedidas y referencia nominativa de sus beneficiarios, que debe estar siempre actualizada, así como los procedimientos y criterios de concesión de todo tipo de subvenciones y ayudas.
b) Evaluar objetivamente la eficacia de las subvenciones comprobando el cumplimiento de los fines para los que fue concedida y que esta evaluación sea publicada en la página web municipal.
c) Publicar los supuestos en que los beneficiarios hayan sido obligados a devolver subvenciones por incumplimiento.
5.- Retribuciones, funciones y organigramas.
a) Publicar las retribuciones de los cargos públicos locales y de los cargos directivos de las empresas públicas en la página web del Ayuntamiento en lugares fácilmente accesibles e inteligibles. Esta información debe abarcar, además de la retribución monetaria, todas las retribuciones en especie o gastos de representación asociadas al cargo.
b) Publicar el organigrama del Ayuntamiento y empresas públicas con las funciones de los cargos públicos y directivos en el que figuren los nombres y apellidos de las personas responsables y sus datos de contacto.
c) Publicar con una actualización al menos trimestral del número y clase de los empleados públicos y trabajadores del sector público local y el organismo para el que prestan servicios.
d) Publicar el currículum y funciones de los trabajadores eventuales.
6.- Seguir en la contratación administrativa las recomendaciones de la Comisión Nacional de la Competencia en orden a garantizar que se opte por aquellos procedimientos de contratación que permitan mayor transparencia, publicidad y competencia entre licitadores.
Además del derecho a saber, pensamos que son medidas imprescindibles para alejar el peligro de corrupción y favorecer la igualdad y la eficiencia económica. Ahora se trata de estar atentos a su implantación real.
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