jueves, 13 de mayo de 2010

EL DINERO DE LOS PARTIDOS. ¿PARA CUÁNDO UN RECORTE?


El divorcio ciudadanos políticos, más profundo que nunca desde hace muchos años, es una consecuencia más de la pendiente de degeneración de la clase política. Aprendimos en nuestros manuales a ver los partidos como representantes de una clase, pero a la vista de la evolución de los últimos años, los clásicos han dejado de servir, si alguna vez ese modelo fue un reflejo fiel de la realidad. Observo, y no soy original en esto, es un sentir muy general, que los políticos han llegado a ser una clase en la medida en que se representan sobre todo a sí mismos y el objetivo prioritario de los partidos es sobrevivir, en lugar de ser instrumentales para lograr unos objetivos de mejora social.
Tal vez el principal agravio que el ciudadano siente por parte de los políticos, junto al de la ineficacia para resolver los problemas, es el de la corrupción que invade el sistema. Sorprende que, siendo algo tan sabido y denostado, podamos hacer tan poco para solucionarlo.
Hace muchos años, cuando Josep Borrell era ministro de Obras Públicas, en un encuentro con promotores y constructores, ante las quejas de éstos por las comisiones que se veían obligados a pagar a los políticos como contratistas de obras públicas, les recomendó no pagar porque, si ninguno pagaba, la extorsión no funcionaba y los procedimientos de adjudicación de obras serían limpios. Es la primera vez, que yo recuerde, que se admitió pública y descarnadamente la corrupción en una de sus versiones más llamativas, aunque no la única. Borrell, como es bien sabido, se presentó años después a las primarias del PSOE y las ganó pero no se presentó a las elecciones porque un desconocido informante sacó a colación las prácticas corruptas de subordinados suyos cuando era Secretario de Estado de Hacienda, juicio que, dicho sea entre paréntesis, se está celebrando en 1910, 20 años después de los hechos, como corresponde a la Justicia de la república bananera que somos en esta materia. Posiblemente la filtración que provocó su alejamiento de la carrera electoral no guarda relación con sus intentos regeneracionistas, ni sabemos si los hubiera llevado adelante, pero lo cierto es que seguimos estando en iguales o parecidos términos en cuanto a corrupción política que en aquellos tiempos pese a que la Ley Orgánica 8/2007 de Financiación de Partidos estaba destinada a poner coto a prácticas anómalas de financiación.
En España, los partidos reciben cuantiosas subvenciones públicas, proporcionales a su representación, lo que implica que los grandes partidos se benefician de ellas en mucha mayor medida que los pequeños y esto contribuye a que cada vez sean más poderosos e imbatibles, haciendo casi imposible la entrada de nuevos partidos. Dado que la afiliación a los mismos es de las más bajas de Europa, la financiación privada viene fundamentalmente a través de las donaciones. Éstas son legales con algunas limitaciones que la ley marca, en cuanto a su cuantía y procedencia, pero incluso las limitaciones son fácilmente eludibles, como veremos.
El Informe de la 3ª Ronda de Evaluación del Grupo de Estados contra la Corrupción(GRECO), del Consejo Europeo, realizada en 2008, es decir, después de entrar en vigor la Ley de Financiación de Partidos, de 2007, deja a España muy malparada en este aspecto. El Informe se puede encontrar en la página web del Consejo de Europa: http://www.coe.int/. En la 2ª parte, referida a la transparencia de la financiación de partidos, se hace una enumeración de las vías de eludir las normas marcadas por la ley que han adoptado los partidos en España. Destaco algunas:
Las restricciones impuestas para hacer donaciones privadas a los contratistas de la Administración Pública son fácilmente eludidas utilizando el método de hacer las donaciones a las fundaciones o asociaciones políticas ligadas a esos partidos, cuyas cuentas escapan al control al que están sometidas las cuentas de partido, especialmente en lo que se refiere a los gastos, sobre las que el Informe dice: “Además, el Equipo de Evaluación GRECO señala que nada se dice en la ley respecto a la consolidación en los registros financieros de los partidos de las cuentas de entidades relacionadas directa o indirectamente con los partidos políticos o de alguna manera bajo su control*. Además, mientras que las fundaciones y asociaciones ligadas a los partidos políticos- y generosamente financiadas con fondos públicos-estarían sujetas a los mismos requerimientos de transparencia en cuanto a los ingresos que son aplicados a los partidos políticos(con algunas excepciones)no están sujetas a una limitación similar en cuanto a sus gastos”. De ahí que el Equipo exprese la preocupación de que gastos de los partidos sean efectuados por sus asociaciones afines y cuestione que no se exija la publicidad de los mismos para conocimiento de los ciudadanos cuando son entidades que reciben ayudas públicas generosas. También son eludidas las restricciones a las donaciones de contratistas de la Administración por el hecho de que dicha restricción se aplica a los contratos vigentes y no abarca a posibles donaciones que se efectúen posterior o anteriormente.
Los créditos bancarios son una fuente de financiación importante de los partidos. El Equipo de Evaluación considera también una irregularidad que la ley no determine las condiciones de esos préstamos y ello da lugar a que se hayan suscrito préstamos en condiciones preferenciales muy generosas y a que se produzcan condonaciones que suponen también una vía de financiación irregular.
Otra objeción importante es que las cuentas de partido no incluyen, y deberían incluir, las de las secciones locales en las que el Equipo considera que “los riesgos de corrupción son particularmente altos dado el importante volumen de las operaciones que tienen lugar a este nivel (concesiones de licencias, trámites de contratación pública, planeamiento urbanístico, etc)”
Éstas son algunas de las irregularidades encontradas por el Equipo de Evaluación del GRECO, junto a otras tales como la superación de los límites de gasto en las campañas electorales o la falta de definición clara de las infracciones y de sanciones disuasorias.
Estas irregularidades no agotan, ni mucho menos, el elenco de fuentes de financiación o de aprovechamiento ilegítimo no tipificado penalmente que los partidos han ido tejiendo a lo largo de estas tres décadas. Es especialmente nociva la vía de financiación indirecta que suponen los llamados cargos de confianza, asunto que merece no ya un artículo sino un tratado. Esta figura se ha convertido en una vía de colocación de afiliados a los partidos, con independencia de su capacidad y mérito, que está lastrando el funcionamiento de la Administración con personal no preparado, conculcando los principios constitucionales de acceso a la Función Pública y generando una vía de derroche que, especialmente en los ayuntamientos, contribuyen de forma importante a incrementar su ruina. Lástima que en las medidas de recorte no se contemple. Se puede tambalear el Estado del Bienestar, cercenarse logros sociales que costó conseguir, pero parece difícil que esas columnas del Estado, los partidos, se sientan aludidas por la situación y se autolimiten.
Todo esto no entra en el campo del ilícito penal y, por ello, no es objeto de titulares; ésa es otra historia, a la que se quiere reducir interesadamente el concepto de corrupción, escabrosa porque se trata de delitos tipificados, pero que no son sino la punta del iceberg. Pero incluso para prevenir esas conductas hay falta de voluntad política. Lo hemos visto recientemente con motivo de la discusión en el Congreso sobre la reforma de algunos artículos del Código Penal. La enmienda que la diputada de UPyD, Rosa Díez, presentó para ampliar el delito de cohecho a los dirigentes de partidos políticos fue rechazada por el PSOE con el asombroso argumento de que no pueden aceptar que se marque a los políticos con el sello “sospechoso de corrupción”. Con esa lógica, suprimiríamos todo el Código Penal pues, en el momento en que se tipifica un delito, ya se está presuponiendo que hay un ser humano capaz de cometerlo. Si no se nombra una cosa, no existe, parecen pensar. Pero existe. Eppur si muove. Igual suerte corrió la enmienda de UPyD que proponía la suspensión cautelar del cargo público imputado formalmente. En el siguiente enlace está fielmente reflejado el debate.
http://upyd.es/web_medida/plantilla_general/contenedor.jsp?seccion=5&noticia=38563&utm_source=boletin&utm_medium=email&utm_content=contenido1&utm_campaign=b99
En fin, cosas de los nuevos tiempos de ruina de las arcas municipales, para cuadrar el círculo sólo faltaba que el empresario que ha pagado su “peaje” por su contratito, se encuentre con que no puede cobrar por la obra o el servicio realizado porque el Ayuntamiento está en números rojos. Podría decirle al político de turno aquello que Cary Grant(Roger O. Thornhill-Mark Kaplan) dijo a Eva Marie Saint(Eva Kendall)en la película de Hitchcock “Con las muerte en los talones”, después de sobrevivir al ataque del avión fumigador:
“Podrías conducir a un hombre a la muerte casi sin proponértelo; conque, deja de proponértelo, ¿eh?”



*Subrayado en el original.

1 comentario:

BARBALTA dijo...

Fantastico, me ha encantado....